La idea inicial de formar un grupo de personas que impulsaran en España todo lo referido a la protección de datos de carácter personal se remonta a finales de 1.990.
Durante los tres primeros meses de 1.991, un conjunto de personas decidieron constituir la plataforma Comisión de Libertades e Informática (CLI). A ella se unieron otras personas, tanto físicas como jurídicas. La plataforma CLI se presentó en abril de 1.991 en la sede de UGT en un momento en que no había en España ninguna legislación que desarrollara el artículo 18.4 de la Constitución.
La primera actividad fue la de generar propuestas para una ley de protección de datos en España en base a un texto elaborado por destacados juristas en el seno de la APDHE. En torno a esta iniciativa se organizó por la CLI un conjunto de mesas redondas y se emitieron comunicados para ir elevando la conciencia social sobre el particular.
Mientras tanto, el Ministerio de Justicia presentó en 1.992 su texto al Consejo de Ministros que lo remitió a las Cortes. Como era de esperar, dicho texto no se parecía en casi nada al que estaba elaborando la CLI.
La CLI se aplicó entonces en elaborar propuestas de enmienda para entregárselas a todos los grupos parlamentarios. Prácticamente había una enmienda por artículo.
De esta época parte pues el estrecho contacto entre la CLI y el Parlamento.
En diciembre de 1.992 nació la LORTAD (Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal).
La CLI recurrió, a partir de un brillante trabajo de su asesoría jurídica, varios artículos de la LORTAD. El recurso fue presentado en febrero de 1.993 al Defensor del Pueblo con la solicitud de que lo elevara al Tribunal Constitucional. Se adhirieron al mismo, las otras organizaciones miembro.
El Tribunal Constitucional tardó casi 8 años en resolver el recurso, estimando una parte de los aspectos recurridos por la CLI en la famosa sentencia 292 que ha sentado jurisprudencia.
Es importante también el trabajo propositivo de la CLI en lo referido a la introducción del delito informático en el llamado ‘Código Penal de la Democracia’.
Mientras tanto la Directiva Europea 95/46 de Protección de Datos obligó al Estado a adecuar la legislación española a la comunitaria. De este proceso nace en 1.999 la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos).
En ese momento la CLI no disponía todavía de la resolución del recurso de inconstitucionalidad, por lo que para que no decayera por la derogación de la LORTAD y la aprobación de la LOPD, la Comisión de Libertades tuvo que intervenir de nuevo ante el Defensor del Pueblo, actualizando en el año 1999 el texto del recurso presentado en 1.993.
Durante los años 2.000 a 2.002, la CLI inició una transición con la progresiva incorporación de personas provenientes del mundo de la universidad y del derecho. Nuevas personas para una nueva etapa.
Desde noviembre de 2.003 la CLI es ya una organización con personalidad jurídica y dotada de una Junta Directiva.
La CLI tiene ante sí en estos momentos varios retos: